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Graves daños en Madrid

La borrasca Filomena golpea severamente la economía española

Ayuntamiento de Madrid

Los costes en la capital española son mucho mayores de lo estimado inicialmente. ...

La borrasca Filomena ha pasado por el Sur de Europa provocando gravísimos daños en distintas provincias españolas. Las calles de la capital del país se han visto paralizadas durante más de una semana y muchas zonas rurales han sufrido una situación parecida.

El resultado ha sido un parón productivo que llega en el peor momento, ya que España es la economía europea que más cayó en 2020. Ahora, el gobierno del país ibérico ya ha anunciado que pedirá a Bruselas que el presupuesto comunitario ayude a paliar las pérdidas ocasionadas y agiliza la declaración de “zona catastrófica” en siete regiones, entre ellas Madrid. ´

Según El Confidencial, la regulación vigente en materia de protección ante desastres permitirá activar distintas líneas de ayudas y subvenciones, que servirían, al menos en parte, como medidas compensatorias ante los destrozos causados:

  • Ayudas económicas a particulares, por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad. 
  • Compensación a Corporaciones Locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables. 
  • Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo la prestación personal o de bienes. 
  • Ayudas destinadas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios. 
  • Subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular. 
  • Ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina. 
  • Apertura de líneas de préstamo preferenciales subvencionadas por el Instituto de Crédito Oficial. 

La legislación que regula la declaración de “zona catastrófica” también incorpora la siguiente gama de medidas fiscales, de nuevo recopiladas por El Confidencial:

  • Exención de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, correspondiente al ejercicio presupuestario en el que haya acaecido la emergencia que afecte a viviendas, establecimientos industriales, turísticos y mercantiles, explotaciones agrarias, ganaderas y forestales, locales de trabajo y similares, cuando hayan sido dañados y se acredite que tanto las personas como los bienes en ellos ubicados hayan tenido que ser objeto de realojamiento total o parcial en otras viviendas o locales diferentes hasta la reparación de los daños sufridos, o los destrozos en cosechas constituyan siniestros no cubiertos por ninguna fórmula de aseguramiento público o privado. 
  • Reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas, correspondiente al ejercicio presupuestario en el que haya acaecido la emergencia a las industrias de cualquier naturaleza, establecimientos mercantiles, turísticos y profesionales, cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad hayan sido dañados, siempre que hubieran tenido que ser objeto de realojamiento o se hayan producido daños que obliguen al cierre temporal de la actividad. La indicada reducción será proporcional al tiempo transcurrido desde el día en que se haya producido el cese de la actividad hasta su reinicio en condiciones de normalidad, ya sea en los mismos locales o en otros habilitados al efecto. 
  • Exención de las tasas de la Jefatura Central de Tráfico para la tramitación de las bajas de vehículos solicitadas como consecuencia de los daños producidos y la expedición de duplicados de permisos de circulación o de conducción destruidos o extraviados por dichas causas. 
  • La disminución de los ingresos en los tributos locales que, en su caso, se produzca en los ayuntamientos, diputaciones provinciales, cabildos insulares y consejos insulares como consecuencia de la aplicación de este artículo será compensada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. 
  • Las ayudas por daños personales estarán exentas del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). 
  • El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas podrá autorizar una reducción de los índices de rendimiento neto de las explotaciones y actividades agrarias realizadas en las zonas siniestradas.

Además, tal y como hacen otros países europeos, la normativa de la “zona catastrófica” también incluye ciertas previsiones en materia de empleo, recogidas así por El Confidencial: 

  • Las extinciones o suspensiones de los contratos de trabajo o las reducciones temporales de la jornada de trabajo que tengan su causa directa en la emergencia, así como en las pérdidas de actividad directamente derivadas de la misma que queden debidamente acreditadas, tendrán la consideración de provenientes de una situación de fuerza mayor. En el primer supuesto, la Tesorería General de la Seguridad Social podrá exonerar al empresario del abono de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta mientras dure el periodo de suspensión, manteniéndose la condición de dicho periodo como efectivamente cotizado por el trabajador. En los casos en que se produzca extinción del contrato, las indemnizaciones de los trabajadores correrán a cargo del Fondo de Garantía Salarial, con los límites legalmente establecidos. En el supuesto que se decida por la empresa la suspensión de contratos o la reducción temporal de la jornada de trabajo con base en circunstancias excepcionales, el Servicio Público de Empleo estatal podrá autorizar que el tiempo en que se perciban las prestaciones por desempleo que traigan su causa inmediata de las emergencias no se compute a los efectos de consumir los periodos máximos de percepción establecidos. Igualmente, en esos supuestos, se podrá autorizar que reciban prestaciones por desempleo aquellos trabajadores que carezcan de los periodos de cotización necesarios para tener derecho a ellas. 
  • Las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social podrán solicitar y obtener, previa justificación de los daños sufridos, una moratoria de hasta un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta correspondientes a tres meses naturales consecutivos, a contar desde el anterior a la producción del siniestro o, en el caso de trabajadores incluidos en el Régimen Especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, desde el mes en que aquel se produjo. 
  • Los cotizantes a la Seguridad Social que tengan derecho a los beneficios establecidos en los ordinales anteriores y hayan satisfecho las cuotas correspondientes a las exenciones o a la moratoria de que se trate podrán pedir la devolución de las cantidades ingresadas, incluidos, en su caso, los intereses de demora, los recargos y costas correspondientes, en los términos legalmente previstos. Si el que tuviera derecho a la devolución fuera deudor a la Seguridad Social por cuotas correspondientes a otros periodos, el crédito por la devolución será aplicado al pago de deudas pendientes con aquella en la forma que legalmente proceda.

Pero, para activar estas medidas de compensación, es fundamental que los sectores que han sufrido los daños causados por Filomena presenten las debidas justificaciones ante las Administraciones Públicas. En el caso de Madrid, han empezado a emerger los primeros cálculos, que afloran daños cuantiosos.

Así, solamente en la Villa y Corte, el Ayuntamiento de Madrid estimó en un primer momento que las pérdidas para las empresas en facturación y ventas perdidas ascendieron a 1.000 millones de euros. En cambio, la patronal autonómica CEIM fue más allá y, en un estudio divulgado una semana después del final de la borrasca, elevó la cifra de pérdidas a 1.450 millones. Según la entidad que agrupa a las empresas madrileñas, cerca del 90% de los negocios madrileños se vieron obligados a cerrar sus puntos de venta y una de cada cuatro mercantiles sufrió pérdidas diarias superiores al 80% de su facturación habitual.

A esta cifra hay que sumarle el cálculo de los daños sufridos por los bienes y equipamientos públicos, así como los daños que enfrentan las familias por problemas en sus edificios. El Ayuntamiento de Madrid calcula que estas pérdidas ascienden a 400 millones. En algunos parques emblemáticos de la capital, como El Retiro o La Casa de Campo, más de la mitad del arbolado está dañado. A esto hay que sumarle los graves destrozos que han sufrido muchas calles de la Villa y Corte.

En este sentido, sí se espera una cierta “pugna” entre el gobierno central y la corporación local madrileña. El primero está en manos de PSOE y Podemos, que cuentan con el apoyo parlamentario de distintos partidos nacionalistas y otros grupúsculos de izquierda. El segundo está controlado por PP y Cs, a quienes Vox presta respaldo en la Asamblea local. El distinto signo político permitía anticipar que las pérdidas que deja la borrasca Filomena terminarían saltando a la arena política española – y así ha sido.

Teresa Ribera, que ocupa una de las cuatro vicepresidencias del Ejecutivo que preside Pedro Sánchez, ya ha dejado caer que los cálculos presentados por el Ayuntamiento de Madrid están “bastante desviados” de los daños observados en otros tipo de fenómenos naturales, como las precipitaciones masivas que acostumbran a sufrir ciertas provincias mediterráneas. Sin embargo, esta comparativa establecida por Ribera no parece muy acertada, puesto que Filomena ha sido un fenómeno aislado (la mayor nevada en cincuenta años), prolongado (ha durado diez días, aunque sus coletazos pueden extenderse otras tantas fechas) y concentrado en el motor económico del país (la región madrileña, incluida su capital, genera casi el 20% del PIB español).

Por otro lado, hay que tener en cuenta que las estimaciones presentadas por el Ayuntamiento se basaban en la evolución real del gasto con tarjetas de crédito, de modo que no estamos ante un cálculo tan discutible, sino más bien ante la constatación de una caída evidente de la facturación de las empresas madrileñas.

En este sentido, se hace preciso recalcar que la legislación europea en esta materia viene a darle la razón a Madrid y aconseja el desbloqueo de las ayudas lo antes posible, quizá mediante declaraciones responsables que agilicen su desembolso y, para asegurar el control, exijan multas a quienes obtengan beneficios indebidos.

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